Causa $LIBRA: sobreseyeron a Javier y Karina Milei en la investigación por la criptomoneda
A pedido del fiscal Eduardo Taiano, el juez Marcelo Martínez de Giorgi dictó además el sobreseimiento de otros nueve investigados, al considerar que los hechos analizados no constituyen delito.
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El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi resolvió sobreseer al presidente Javier Milei, a la secretaria general de la Presidencia, Karina Milei, y a otros nueve investigados en la causa $LIBRA, que analizaba posibles delitos económicos y una presunta estafa vinculada con el lanzamiento de la criptomoneda. La decisión, adoptada por el titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº8, respondió al pedido del fiscal federal Eduardo Taiano.
El fallo, de 60 páginas, se fundamentó en el artículo 336, inciso 3, del Código Procesal Penal de la Nación, que contempla el sobreseimiento cuando el hecho investigado no constituye delito. La resolución también benefició a Mauricio Novelli, Manuel Terrones Godoy y al empresario estadounidense Hayden Davis, entre otros imputados.
La investigación comenzó a partir de una publicación realizada por Javier Milei el 14 de febrero de 2025 en la red social X, en la que difundió el contrato de la criptomoneda $LIBRA. Las denuncias presentadas sostenían que el activo digital había registrado una fuerte suba inicial de su cotización, seguida de un desplome que provocó pérdidas económicas a miles de tenedores.
Durante la investigación se realizaron pericias digitales, análisis de operaciones en la red Solana, requerimientos a organismos públicos y solicitudes de cooperación internacional con Estados Unidos. A partir de esas medidas, la fiscalía concluyó que no se había acreditado una maniobra engañosa o fraudulenta con relevancia penal.
El juez adoptó ese criterio y dispuso los sobreseimientos al considerar que los hechos examinados no encuadraban en una figura delictiva.
En relación con el Presidente, el magistrado descartó además la configuración de los delitos de abuso de autoridad y negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública.
Para esa evaluación, el juzgado tuvo en cuenta las conclusiones de la Oficina Anticorrupción, que determinó que la publicación de Milei en redes sociales no constituyó un acto institucional ni implicó el uso de fondos estatales. También se consideró la ausencia de actos administrativos u oficiales vinculados con la firma del proyecto.
