Zona Roja: la Justicia hizo lugar al recurso de queja interpuesto por la Dirección del Comité de Trata
La Cámara Federal de Mar del Plata, hizo lugar al recurso de queja interpuesto por la Dirección del Comité de Trata. Luego de las observaciones realizadas por el juez López, la Cámara Federal se expidió sobre el recurso presentado en el marco de la judicialización del traslado de las "trabajadoras sexuales" que dispuso la gestión Montenegro a la avenida 10 de Febrero.
"Ahora bien, del pronunciamiento dictado el 26 de agosto de 2022 surge
que el argumento por el cual el remedio intentado por el actor fue denegado,
radica en el hecho de al día de su interposición, la representación invocada se encontraba nuevamente vencida", sostiene el fallo al cual tuvo acceso El Marplatense.
"Adentrándonos en el examen de la cuestión traída a estudio de esta
Alzada observamos que, si bien es acertado lo expresado por el magistrado en cuanto al vencimiento referenciado, de la copia del acto administrativo adjuntada en el presente Recurso de Queja, esto es, el mismo día en que la apelación pretendida fue rechazada en la instancia de grado, surge que el carácter de Director técnico que detenta el actor fue prorrogado a partir del 20 de agosto del corriente por el término de otros 180 días hábiles", agregó la Cámara.
"Lo predicho visibiliza que al momento de interponer el recurso denegado -
24/08/2022- el recurrente ostentaba la personería necesaria para su
interposición, no debiendo soslayarse la mora administrativa denunciada por el actor que le impidió en un primer momento contar con la disposición que acreditaba su representación, y la cual, en lo que resulta aquí relevante, ha sido tenida en consideración por el Magistrado cuando decidió otorgar al accionante la prórroga que éste había requerido al efectuar la presentación", explicó el fallo.
"En este entendimiento, considerando las particularidades que rodean el
sub examine en cuanto a la fecha en que fue emitida la RESOL-2022-530-APNJGMD -26/08/22, mismo día en que fue rechazada la apelación deducida-, el momento a partir del cual comenzó a correr la prórroga recientemente otorgada - 20/08/22, es decir, antes de incoar el apelante el remedio intentado- y el hecho de que la mora aducida oportunamente ya ha sido previamente considerada por el a quo, este Tribunal entiende que el Recurso de Queja impetrado debe tener acogida favorable, revocándose en consecuencia el rechazo dispuesto por el Sr. Juez de Grado", concluye.
Recordemos que el objetivo de la presentación es que se declare la inconstitucionalidad de la norma, ya que la misma “afecta derechos humanos contemplados en lo pactos internacionales incorporados a la Constitución Nacional, así como también las leyes 12.331, 26.362 y los artículos 125 bis a 127 del Código Penal”.
La Alameda solicita que se dicte una medida de no innovar "hasta tanto se resuelva el fondo de la cuestión", ya que "la aplicación de la norma causa gravámenes irreparables en el tejido social".
Los dos recursos presentados en la Justicia
El primer recurso judicial fue presentado la Dirección del Comité de Trata, la fiscal Mazzaferri ya había dictaminado en favor de suspender la ordenanza. El Juez López cerró la causa al considerar que el Comité no estaba legitimado.
El segundo recurso lo presentó la Fundación Alameda, donde algunos de sus referentes son funcionarios del Comité. Inicialmente, la demanda se trabó por cuestiones de forma en cuanto a las autoridades de la entidad. Ese trámite se saldó y la causa volverá a tener curso en la Justicia.