Zona Fría: reglamentan cambios que afectan el descuento al gas en Mar del Plata
La nueva normativa modifica las condiciones de acceso al beneficio en 94 municipios bonaerenses. Vivir en una localidad incluida en la ampliación del régimen ya no garantizará automáticamente una tarifa subsidiada.
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El Gobierno nacional reglamentó las modificaciones al Régimen de Zona Fría, una medida que cambia las condiciones para acceder a los descuentos en las facturas de gas y alcanza a usuarios de Mar del Plata y otros 93 municipios de la provincia de Buenos Aires.
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La reglamentación instrumenta los cambios introducidos por la Ley 27.828 y redefine el funcionamiento del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos de Gas, cuya continuidad quedó establecida hasta el 31 de diciembre de 2031.
Uno de los principales cambios es que el domicilio en una zona incorporada por la ampliación anterior dejará de ser suficiente para recibir automáticamente la bonificación. En esos distritos, la continuidad del descuento dependerá del cumplimiento de los requisitos previstos por el nuevo esquema.
El impacto en Mar del Plata y la Costa Atlántica
Las modificaciones alcanzan a un universo de 3.350.000 hogares en todo el país, de los cuales 1.240.000 se encuentran en 94 municipios bonaerenses.
Entre los distritos afectados aparece General Pueyrredon, donde se encuentra Mar del Plata, una de las ciudades con mayor cantidad de usuarios incluidos en el régimen. También figuran General Alvarado, Mar Chiquita, Necochea, La Costa, Pinamar y Villa Gesell, además de Bahía Blanca, Tandil, Balcarce y Tres Arroyos, entre otros.
Patagones conservará el beneficio correspondiente al esquema previo, al que había ingresado en 2002.
El cambio implica que los usuarios de los municipios incorporados posteriormente dejarán de tener garantizado el descuento por su ubicación geográfica, aunque la normativa contempla bonificaciones adicionales para hogares que reúnan las condiciones establecidas.
Cómo se financiarán los subsidios
El fondo se sostendrá mediante un recargo de hasta el 7,5% sobre el precio del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte. Se aplicará sobre los volúmenes consumidos o comercializados para el mercado interno, con las excepciones previstas en la reglamentación.
Ese concepto deberá figurar de manera discriminada en las facturas de las distintas etapas de comercialización y, cuando corresponda, trasladarse a los usuarios finales.
Los recursos se destinarán a compensar a las empresas proveedoras, financiar bonificaciones residenciales y sostener las compensaciones por garrafas y gas licuado en las jurisdicciones comprendidas.
Quiénes controlarán el sistema
La Secretaría de Energía será la autoridad de aplicación y estará a cargo de determinar las compensaciones, establecer las bonificaciones y validar los pagos.
El Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad (ENReGE) controlará la información presentada por las distribuidoras y subdistribuidoras, mientras que ARCA fiscalizará la recaudación del recargo.
Por su parte, el Banco Nación continuará como administrador fiduciario. La adecuación del contrato mantendrá la continuidad del fondo existente, con sus bienes, derechos y obligaciones.
