Patricia Bullrich rechazó el pedido de jury contra las juezas que cuestionaron el régimen penal juvenil
La senadora oficialista se diferenció del Gobierno y de Jorge Macri al considerar que las decisiones judiciales deben ser revisadas mediante las instancias correspondientes y no a través de un juicio político. La discusión surgió luego de los fallos de Marta Pascual y Laura De Marinis.
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Patricia Bullrich volvió a marcar una diferencia con sectores del oficialismo al rechazar la posibilidad de impulsar un juicio político contra las juezas que cuestionaron la aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil. La senadora y jefa del bloque de la Libertad Avanza sostuvo que los magistrados no deben ser removidos por el contenido de sus sentencias y que las decisiones judiciales deben ser revisadas mediante las instancias superiores.
La postura fue expresada durante un Congreso Anticorrupción realizado en el Automóvil Club Argentino, Bullrich afirmó que está en desacuerdo con las resoluciones de las juezas Marta Elba Pascual y Laura Beatriz De Marinis, pero sostuvo que no corresponde promover un jury por esas decisiones. Según explicó, el mecanismo adecuado para cuestionar una sentencia es la apelación.
La posición de la senadora se diferencia de la adoptada por otros dirigentes oficialistas y por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, quienes impulsaron acciones contra las magistradas, Macri anunció que solicitará el juicio político contra De Marinis ante la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires. El conflicto comenzó a partir de distintas decisiones judiciales relacionadas con la Ley 27.801, que estableció un nuevo régimen de responsabilidad penal juvenil y redujo de 16 a 14 años la edad mínima de responsabilidad penal. La norma contempla a adolescentes de entre 14 y 18 años y establece distintas condiciones para su aplicación.
En la provincia de Buenos Aires, la jueza Marta Pascual había dispuesto una suspensión provisoria de 60 días para la aplicación del régimen. La medida surgió a partir de un hábeas corpus preventivo colectivo presentado en favor de adolescentes privados de su libertad, Pascual fundamentó su decisión en la necesidad de determinar si existían las condiciones materiales, institucionales y profesionales necesarias para aplicar la nueva normativa. Posteriormente, la Cámara revocó esa decisión y Bullrich tomó ese antecedente como argumento para sostener que una sentencia cuestionada debe ser revisada en una instancia superior y no convertirse automáticamente en motivo de destitución de un juez.
El segundo caso ocurrió en la Ciudad de Buenos Aires y tuvo como protagonista a la jueza Laura Beatriz De Marinis. La magistrada declaró inconstitucional la reducción de la edad de punibilidad en un expediente concreto que involucraba a un adolescente de 14 años acusado de una tentativa de robo. De Marinis consideró que la aplicación de la nueva normativa en ese caso entraba en conflicto con tratados internacionales de derechos de niños y adolescentes. Su resolución benefició al menor involucrado, pero no suspendió de manera general la vigencia de la ley en la Ciudad.
A raíz de esa decisión, Jorge Macri anunció que promoverá un pedido de juicio político contra la magistrada. El jefe de Gobierno porteño cuestionó públicamente el fallo y sostuvo que los jueces que toman decisiones de ese tipo deben quedar sujetos a mecanismos de control político. Bullrich, en cambio, planteó que el Poder Judicial cuenta con mecanismos propios para revisar las sentencias. Aunque manifestó su desacuerdo con las decisiones de Pascual y De Marinis, sostuvo que no corresponde utilizar el jury como respuesta a una interpretación judicial.
La discusión se produce mientras continúa el debate político y judicial sobre la implementación del nuevo régimen penal juvenil. Mientras distintos sectores del oficialismo defienden la aplicación de la ley aprobada por el Congreso, las decisiones judiciales generaron cuestionamientos vinculados con su alcance, constitucionalidad y con las condiciones necesarias para ponerla en práctica.
