Mar del Plata: la Justicia homologó una reparación de $18,5 millones en una causa por fraude fiscal
El Tribunal Oral Federal avaló el acuerdo propuesto por cuatro imputados por la obtención fraudulenta de créditos fiscales vinculados a una empresa pesquera. ARCA-DGI se había opuesto. Parte del dinero irá al fisco y el resto a dos entidades que asisten a personas en situación de vulnerabilidad.
:format(webp):quality(60)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2025/05/justicia.jpg)
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata homologó una reparación integral de $18,5 millones propuesta por cuatro personas imputadas en una causa por la obtención fraudulenta de beneficios fiscales. La decisión fue adoptada pese a la oposición de ARCA-DGI y siguiendo el criterio planteado por el fiscal federal Juan Pablo Curi.
Del monto acordado, $950.000 serán destinados al fisco nacional, mientras que los $17.550.000 restantes serán distribuidos en partes iguales entre las asociaciones civiles “Hogar de María” y “Por Amor a los Niños”, que desarrollan tareas de asistencia a niños, niñas, adolescentes y familias en situación de vulnerabilidad.
La resolución fue dictada por el juez Roberto Fernando Minguillón, quien intervino de manera unipersonal. La causa comprende seis hechos vinculados con la obtención fraudulenta de créditos fiscales por exportaciones relacionados con la actividad de una empresa pesquera, correspondientes al período comprendido entre febrero y julio de 2004.
Según consta en la resolución, los créditos fueron reconocidos por el fisco en 2006 y el monto histórico involucrado era de $99.762,46. La reparación acordada será abonada en tres cuotas mensuales y consecutivas y la extinción de la acción penal y los sobreseimientos quedarán sujetos al cumplimiento total de las obligaciones asumidas.
La oposición de ARCA-DGI
La Dirección Regional Mar del Plata de la Dirección General Impositiva de ARCA-DGI, constituida como querellante, se había opuesto al acuerdo. Sin embargo, tanto la Fiscalía como el tribunal consideraron que la posición del organismo debía ser escuchada y valorada, pero que no tenía facultades para impedir por sí sola la reparación integral.
Curi sostuvo que las conductas investigadas tenían contenido patrimonial, que no habían sido cometidas con grave violencia sobre las personas y que no involucraban a funcionarios públicos. En ese marco, consideró que no resultaba indispensable llegar a la instancia de juicio y solicitó la homologación de la propuesta.
El fiscal también planteó que la figura atribuida, actualmente contemplada en el artículo 8 del Régimen Penal Tributario, no se encuentra alcanzada por la prohibición de aplicar la reparación integral establecida para otros delitos tributarios.
Qué resolvió el Tribunal Oral Federal
Al fundamentar su decisión, Minguillón sostuvo que la intervención de ARCA-DGI era necesaria para conocer su posición y analizar sus objeciones, pero aclaró que esa participación no le otorgaba un poder de veto.
“La intervención de la víctima resulta, entonces, indispensable para conocer su posición y valorar sus objeciones, pero no le confiere una facultad de veto sobre esta causal de extinción”, señaló el magistrado.
El juez también consideró que el carácter colectivo del bien jurídico protegido por los delitos tributarios no impedía automáticamente una reparación integral. En ese sentido, valoró que el acuerdo contemplara tanto un pago al Estado como una suma adicional destinada a entidades que trabajan con personas en situación de vulnerabilidad.
Respecto del marco legal, Minguillón sostuvo que la reforma introducida por la Ley 27.799 delimitó expresamente los delitos tributarios alcanzados por la prohibición de aplicar la reparación integral y que la figura del artículo 8 no está incluida en esa enumeración.
Por último, el magistrado aclaró que el destino de los fondos a las entidades de bien público no podía quedar exclusivamente en manos de las partes. Por eso, el tribunal determinó que los beneficiarios fueran Hogar de María y Por Amor a los Niños.
La extinción de la acción penal y los sobreseimientos de los cuatro imputados quedarán sujetos a que se cumpla íntegramente con el acuerdo de reparación.
