La excepción que permite convocar a jóvenes al servicio militar en Argentina
La legislación mantiene la incorporación voluntaria como regla general, aunque contempla un mecanismo excepcional si las Fuerzas Armadas no logran cubrir los cupos necesarios.
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El Servicio Militar en Argentina continúa siendo voluntario y está regulado por la Ley 24.429. Sin embargo, la misma normativa contempla una situación extraordinaria en la que el Estado podría avanzar con una convocatoria de ciudadanos para incorporarse a las Fuerzas Armadas.
Esta posibilidad solamente puede aplicarse cuando la cantidad de soldados voluntarios resulte insuficiente para cubrir los cupos establecidos. En ese escenario, el Poder Ejecutivo podría solicitar la incorporación de ciudadanos que cumplan 18 años durante el año en el que se realice la prestación.
No obstante, la decisión no puede adoptarse de manera automática. Antes de efectuar una convocatoria de estas características, el Ejecutivo debe solicitar una autorización mediante una ley del Congreso Nacional y explicar las circunstancias que justifican la medida y por qué no pudieron completarse las vacantes con voluntarios.
En caso de concretarse, el período de prestación no podría superar un año y las personas incorporadas tendrían los mismos derechos y obligaciones establecidos para quienes forman parte del Servicio Militar Voluntario.
Actualmente, quienes decidan ingresar voluntariamente deben cumplir una serie de condiciones. Entre ellas, ser argentinos nativos, por opción o naturalizados, tener entre 18 y 24 años, acreditar la finalización de los estudios primarios y superar un examen psicofísico. Además, deben aprobar un curso de admisión e instrucción militar de entre 10 y 12 semanas.
La reglamentación vigente también establece que quienes ingresen sin haber terminado el nivel secundario deberán completarlo durante su permanencia en las Fuerzas Armadas.
Por lo tanto, no existe actualmente una convocatoria general ni un regreso automático del antiguo servicio militar obligatorio. La posibilidad permanece contemplada legalmente para una circunstancia excepcional y bajo intervención previa del Congreso.
