La Corte Suprema de Justicia restableció las restricciones a la venta de tierras a extranjeros
La medida cautelar suspendió la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La resolución fue respaldada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y dos conjueces, mientras que Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
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La Corte Suprema de Justicia de la Nación dio un nuevo giro en la disputa por la Ley de Tierras y resolvió restablecer, de manera provisoria, las restricciones a la venta de tierras rurales a extranjeros. La decisión suspende los efectos de la derogación de la normativa impulsada por el Gobierno de Javier Milei mediante el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 70/2023.
La resolución se conoció este viernes 9 de octubre, luego de varios días de controversia política y judicial por el alcance de un fallo anterior del máximo tribunal, que había revocado una sentencia que declaraba inconstitucional la derogación de la ley. En aquella oportunidad, los jueces habían considerado que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas (CECIM) de La Plata no tenía legitimación para impulsar el reclamo.
Ahora, a través de una medida cautelar interina, la Corte dispuso suspender provisoriamente los efectos de esa derogación en el marco de otro expediente vinculado con la misma controversia.
La causa fue impulsada por la Asociación Civil Árbol de Pie y otros demandantes, entre ellos las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon. El expediente se encuentra relacionado con el proceso colectivo promovido por el CECIM de La Plata. Los demandantes habían solicitado que se aclarara el alcance de la decisión anterior de la Corte y si sus efectos alcanzaban al amparo colectivo que ellos impulsaron.
Para resolver el planteo, el máximo tribunal aceleró los tiempos procesales y convocó como conjueces a Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza. Además, redujo de 72 a 24 horas el plazo para presentar impugnaciones contra la integración del tribunal.
La decisión fue adoptada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los dos conjueces convocados. El juez Carlos Rosenkrantz votó en disidencia.
Con la nueva cautelar, las restricciones vuelven a regir de manera provisoria, mientras continúa la disputa judicial sobre la validez de los cambios introducidos por el decreto presidencial.
