La Corte habilitó la compra de tierras por extranjeros sin límites
El máximo tribunal dejó sin efecto un fallo que frenaba la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La decisión reabre el debate sobre inversiones, soberanía y control de recursos estratégicos.
:format(webp):quality(60)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2022/01/toma-de-tierras.jpg)
La Corte Suprema de Justicia dejó sin efecto un fallo que había frenado la derogación de la Ley de Tierras Rurales y, en la práctica, volvió a habilitar la eliminación de los límites para la compra de tierras por parte de extranjeros en Argentina. La decisión reactiva uno de los puntos más controvertidos del DNU 70/2023 impulsado por el presidente Javier Milei y vuelve a instalar el debate sobre la soberanía, las inversiones y el control de los recursos estratégicos.
El máximo tribunal revocó una resolución judicial que había suspendido la aplicación del artículo 154 del megadecreto presidencial, norma que derogaba la Ley 26.737 de Tierras Rurales, vigente desde 2011. Aquella legislación establecía que no más del 15% de las tierras rurales del país podían estar en manos extranjeras y fijaba además restricciones por nacionalidad y extensión de las propiedades.
Los jueces consideraron que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas de La Plata (CECIM), que había impulsado la demanda contra la derogación, no tenía legitimación suficiente para accionar judicialmente en el caso. De ese modo, el tribunal dejó sin efecto el fallo que había declarado inconstitucional la medida y restableció la vigencia del artículo cuestionado.
Con la resolución, desaparecen las restricciones que limitaban la adquisición de tierras rurales por parte de personas o empresas extranjeras, una iniciativa que el Gobierno nacional viene defendiendo bajo el argumento de atraer inversiones y fomentar el desarrollo productivo.
