Cambian las reglas de prioridad de paso en las esquinas bonaerenses
La ley promulgada mantiene la preferencia para quienes circulan por la derecha, pero precisa sus excepciones. Los vehículos que transitan por avenidas y otras vías de mayor jerarquía tienen prioridad frente a quienes llegan desde calles menores.
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El Gobierno bonaerense promulgó una modificación del Código de Tránsito provincial que establece precisiones sobre la prioridad de paso en esquinas y cruces. La disposición conserva la regla general que favorece al vehículo que se aproxima por la derecha, aunque detalla en qué circunstancias debe ceder el paso.
La iniciativa, impulsada por la diputada Silvina Vaccarezza, de UCR-Cambio Federal, incorporó el artículo 28 quater a la Ley 13.927. El cambio busca resolver una falta de precisión que persistía desde la sanción de la normativa provincial en 2009 respecto de los cruces entre calles de diferente jerarquía.
Una de las principales definiciones establece que quienes circulan por autopistas, semiautopistas, rutas, carreteras y avenidas tienen prioridad sobre los vehículos que ingresan desde una vía de menor categoría. En esos casos, el conductor que pretende incorporarse o atravesarla debe detener la marcha antes de avanzar.
La preferencia de quien llega por la derecha también queda sin efecto cuando existe señalización que indica lo contrario, ante el cruce de trenes o frente a vehículos de emergencia que cumplen funciones y llevan activadas las advertencias correspondientes.
Qué ocurre en rotondas, giros y sendas peatonales
La disposición establece que los vehículos que ya circulan dentro de una rotonda tienen prioridad sobre aquellos que intentan ingresar. Además, quienes transitan por una calle de tierra deben ceder el paso a los que avanzan por una vía pavimentada.
Cuando un conductor gira hacia una calle transversal, debe permitir el paso de quienes circulan por ella. También se reconoce la prioridad de los peatones que cruzan o están por hacerlo legalmente por una senda peatonal o un cruce habilitado.
Para las intersecciones donde se forman filas de circulación lenta en ambas calles, se dispone un avance alternado, con un vehículo por vez de cada transversal.
Otras situaciones contempladas
El artículo determina que pierde la prioridad el conductor que detiene completamente su vehículo antes de ingresar al cruce cuando otro llega en movimiento.
En las cuestas estrechas, debe retroceder el vehículo que desciende, excepto cuando lleva un acoplado o remolque. En zonas rurales, peatones, ciclistas y jinetes deben ceder el paso a los demás vehículos, salvo en sectores señalizados que les otorguen preferencia.
Cuando coinciden varias excepciones, corresponde respetar el orden establecido en el artículo. Si ninguna de esas circunstancias se presenta, continúa vigente la prioridad de quien se aproxima por la derecha.
