ARCA volvió a extender el plazo para presentar las declaraciones juradas
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero extendió nuevamente el plazo para que personas humanas y sucesiones indivisas presenten la declaración jurada correspondiente al período fiscal 2025. La medida busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mientras se implementan nuevas disposiciones.
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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) volvió a extender el plazo para la presentación de las declaraciones juradas del impuesto a las Ganancias correspondientes al período fiscal 2025. La nueva fecha límite quedó establecida para el 13 de octubre de 2026 y alcanza a personas humanas y sucesiones indivisas.
La medida fue establecida mediante la Resolución General 5898/2026, publicada en el Boletín Oficial, y representa una nueva modificación del cronograma previsto originalmente para el cumplimiento de esta obligación tributaria.
Según explicó el organismo, la decisión responde a razones de administración tributaria y tiene como objetivo otorgar más tiempo a los contribuyentes para completar sus presentaciones. La prórroga también se da en un escenario de modificaciones normativas que obligan a profesionales y contribuyentes a adecuarse a nuevos criterios.
Con la última resolución, ARCA estableció que las declaraciones juradas de Ganancias correspondientes al período fiscal 2025 podrán presentarse hasta el 13 de octubre, independientemente de la terminación de CUIT.
El organismo recordó que la prórroga alcanza tanto a quienes se encuentran bajo el régimen general como a aquellos adheridos al Régimen de Declaración Jurada Simplificada.
La fecha de pago del saldo correspondiente al período fiscal 2025, sin embargo, había quedado fijada previamente en el 27 de julio de 2026.
Además, ARCA estableció un mecanismo específico para aquellos casos en los que la falta de presentación de la declaración jurada impida que el sistema "Cuentas Tributarias" ponga a disposición el importe de determinados anticipos correspondientes al período fiscal 2026. En esas situaciones, los contribuyentes deberán calcular e ingresar las obligaciones utilizando la información de sus propios papeles de trabajo.
La decisión de ARCA se produce en un momento de particular expectativa entre los profesionales de Ciencias Económicas debido a la implementación de nuevas reglas vinculadas al régimen de Ganancias.
Uno de los principales puntos de atención está relacionado con la reglamentación de la denominada Ley de Inocencia Fiscal II, cuya implementación requiere definiciones sobre distintos aspectos de las declaraciones juradas, los controles de ARCA y los criterios que utilizará el organismo para analizar eventuales discrepancias patrimoniales.
Entre los temas que generan dudas aparecen el funcionamiento del Régimen Simplificado de Ganancias, el tratamiento de las declaraciones ya presentadas bajo el régimen general, los criterios para determinar discrepancias significativas y el denominado "tapón fiscal".
La reglamentación también deberá precisar cómo se aplicarán determinadas disposiciones frente a fiscalizaciones que ya se encuentran en curso y qué documentación podrá solicitar el organismo recaudador a los contribuyentes.
La nueva prórroga se suma a otras modificaciones realizadas durante 2026. En agosto, ARCA había extendido el vencimiento de la declaración jurada de Ganancias 2025 hasta el 22 de septiembre y había trasladado al 24 de septiembre el vencimiento del primer anticipo de Ganancias correspondiente al período fiscal 2026. Ahora, el organismo volvió a modificar el cronograma y llevó la presentación hasta octubre.
De acuerdo con el calendario vigente publicado por ARCA, el 13 de octubre es actualmente la fecha establecida para la presentación de la declaración jurada de Ganancias correspondiente al período fiscal 2025.
Mientras tanto, el Gobierno avanza con la reglamentación de las nuevas normas fiscales, en un proceso que será determinante para conocer cómo se aplicarán en la práctica los cambios sobre Ganancias, las declaraciones juradas y los mecanismos de fiscalización.
