Golpe judicial a la reforma laboral: declaran inconstitucional el artículo que recorta indemnizaciones
La Cámara Nacional del Trabajo considera que vulnera derechos constitucionales y fija un precedente en litigios por despido.
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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo declaró la inconstitucionalidad del artículo 55 de la Ley 27.802, uno de los ejes de la reforma laboral impulsada por el Gobierno de Javier Milei, al considerar que vulnera derechos y garantías constitucionales vinculadas a la protección del trabajo y la propiedad.
El fallo fue dictado por los jueces Enrique Catani y Gabriela Vázquez, en el marco de una causa por despido iniciada por un trabajador de un lavadero. El tribunal concluyó que la norma cuestionada afecta los artículos 14, 14 bis, 16 y 17 de la Constitución Nacional.
En su voto, el juez Catani sostuvo que el artículo “no supera el examen de constitucionalidad” y que “lesiona el derecho de propiedad privada del acreedor”. Además, advirtió que incluso bajo el esquema previsto en la norma -67% del monto actualizado por IPC más una tasa anual del 3%- la aplicación del criterio “conduce necesariamente a la pérdida de una parte sustancial del valor del crédito”.
El magistrado también cuestionó el criterio de diferenciación entre trabajadores judicializados y no judicializados, al señalar que “la distinción es irrazonable” porque se basa exclusivamente en la intervención judicial y no en la naturaleza del crédito. En ese sentido, consideró afectada la garantía de tutela judicial efectiva.
El tribunal rechazó la aplicación de la denominada “doctrina del esfuerzo compartido” y ordenó liquidar las indemnizaciones conforme al artículo 54 de la misma ley, con actualización por IPC más 3% anual desde el devengamiento hasta el pago efectivo, sentando un criterio relevante para futuras causas laborales.
