ARBA inició un operativo puerta a puerta para aliviar deudas de jubilados: detectaron 733 casos en Mar del Plata
El organismo provincial identificó casos con deudas por $65 millones y puso en marcha un operativo domiciliario para facilitar el acceso a la exención del Impuesto Inmobiliario.
:format(webp):quality(40)/https://elmarplatensecdn.eleco.com.ar/media/2026/05/arba_jubilados.webp)
La Agencia de Recaudación de la provincia de Buenos Aires (ARBA) puso en marcha en Mar del Plata un operativo “puerta a puerta” para facilitar el acceso a la exención del Impuesto Inmobiliario Edificado a jubilados y pensionados con deudas, tras identificar 733 casos que reúnen las condiciones para obtener el beneficio.
La iniciativa comenzó con visitas domiciliarias realizadas por agentes del organismo, previamente identificados, quienes informan a los contribuyentes sobre la posibilidad de acceder a la exención. En total, las deudas acumuladas en estos casos ascienden a $65 millones.
El programa surge de un cruce de datos entre ARBA y el Instituto de Previsión Social (IPS), que permitió detectar a unas 17.000 personas en toda la provincia que podrían acceder al beneficio, pero que mantienen deudas por desconocer este derecho.
El titular de ARBA, Cristian Girard, participó del operativo en Mar del Plata y señaló que la medida representa “un alivio en un contexto muy complejo para los jubilados”, al tiempo que destacó la importancia de sostener una relación directa del Estado con este sector.
En paralelo, el organismo replicará este tipo de acciones en otros distritos bonaerenses donde también se detectaron potenciales beneficiarios: La Costa, Pinamar, Villa Gesell, Dolores, General Alvarado y Necochea.
Las personas alcanzadas serán contactadas además por correo postal, electrónico o vía telefónica. Quienes reciban la notificación deberán acercarse al Centro de Servicio Local de ARBA más cercano, con DNI, fotocopia del documento y la firma de una declaración jurada, para completar el trámite con atención prioritaria.
Para acceder a la exención, los beneficiarios deben cumplir con los requisitos establecidos en el Código Fiscal: tener ingresos familiares de hasta dos haberes mínimos, ser titulares de una única vivienda destinada a uso familiar y no estar inscriptos en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos.

Para comentar, debés estar registradoPor favor, iniciá sesión