Alquilar con mascotas: qué puede exigir el propietario y cuándo pueden prohibirlas
Tener un perro o un gato puede convertirse en un obstáculo al buscar vivienda. La legislación argentina no establece una autorización general para ingresar animales a cualquier inmueble: el contrato y el reglamento del edificio son claves para saber qué está permitido.
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Encontrar un alquiler cuando se tiene una mascota puede reducir considerablemente las opciones disponibles. Avisos que aclaran “sin mascotas” son frecuentes y generan una duda habitual: ¿un propietario puede impedir que el inquilino viva con un perro o un gato?
En Argentina, el Código Civil y Comercial no contiene una norma específica que obligue a los propietarios a aceptar animales en una vivienda alquilada. Por el contrario, actualmente existe una amplia libertad para que locador e inquilino establezcan las condiciones del contrato, siempre que no contradigan normas obligatorias o de orden público.
Esto significa que el dueño puede incluir una cláusula que prohíba o limite la presencia de mascotas. Si el inquilino firma el contrato con esa condición, queda obligado a respetarla. El Código establece que los contratos válidamente celebrados son obligatorios para ambas partes.
La situación cambia cuando el contrato no dice nada sobre animales. No existe en la normativa nacional una prohibición automática que impida tenerlos por el solo hecho de alquilar. Sin embargo, en departamentos también hay que revisar el reglamento de propiedad horizontal del edificio.
Ese documento puede establecer expresamente si está permitido tener animales y fija pautas de convivencia que deben respetar propietarios e inquilinos.
Además, aunque un edificio admita perros o gatos, esto no significa que puedan generar cualquier tipo de inconveniente. La normativa de propiedad horizontal prohíbe perturbar la tranquilidad de los demás vecinos y realizar actividades que puedan afectar la seguridad del inmueble.
También existe responsabilidad por los daños. El inquilino debe conservar la propiedad en el estado en que la recibió y responde por los deterioros que le sean imputables. Por eso, daños en pisos, puertas, paredes u otras partes de la vivienda provocados por un animal pueden terminar siendo reclamados al finalizar el contrato.
Antes de alquilar con una mascota, lo más conveniente es preguntar expresamente si se aceptan animales, leer el contrato antes de firmarlo y solicitar el reglamento del edificio si se trata de un departamento. Así se evitan conflictos posteriores y queda claro desde el comienzo cuáles son las condiciones.
