Paro docente: el Municipio aplicará descuentos a quienes no trabajaron el 3 de agosto
La medida alcanza a los docentes municipales de General Pueyrredon que adhirieron al paro nacional convocado por CTERA. El Ejecutivo argumentó que corresponde descontar las jornadas en las que no hubo prestación efectiva del servicio, salvo que la ausencia pueda ser justificada.
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Los docentes municipales de General Pueyrredon que se sumaron al paro nacional convocado por CTERA el pasado 3 de agosto tendrán un descuento en sus haberes por la jornada no trabajada.
La decisión fue formalizada por la Secretaría Legal, Técnica y de Hacienda, luego de que el Sindicato de Trabajadores Municipales notificara oficialmente la adhesión del sector docente municipal a la medida de fuerza impulsada por la Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina.
De acuerdo con la resolución, el descuento se aplicará sobre las inasistencias registradas el 3 de agosto que hayan sido consecuencia de la adhesión al paro y que no estén contempladas dentro de las causales de justificación previstas por la normativa vigente.
El Municipio aclaró que aquellas ausencias que puedan ser justificadas mediante los mecanismos establecidos por las normas municipales quedarán exceptuadas de la medida.
Cómo se determinarán las ausencias
Para avanzar con la aplicación de los descuentos, los responsables jerárquicos de las distintas áreas deberán informar las inasistencias al sector de Recursos Humanos.
A partir de esa información se podrá establecer qué agentes no concurrieron a sus puestos de trabajo, cuáles adhirieron a la medida de fuerza y qué ausencias cuentan con una justificación contemplada por la normativa.
El Ejecutivo municipal fundamentó la decisión en el principio de que la percepción de los salarios por parte de los empleados públicos está vinculada con la prestación efectiva y regular de las tareas.
La resolución cita distintos antecedentes judiciales para respaldar esta postura, entre ellos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y de la Cámara en lo Contencioso Administrativo del Departamento Judicial de La Plata.
Según el criterio planteado por el Municipio, el Estado, en su condición de empleador, no debe abonar los haberes correspondientes a una jornada en la que no existió prestación de servicios como consecuencia de una medida de acción directa.
El antecedente dentro del Municipio
La resolución también toma como referencia medidas de fuerza anteriores protagonizadas por el sector docente municipal.
En los fundamentos se mencionan decretos anteriores mediante los cuales el Ejecutivo había aplicado un criterio similar, estableciendo una relación directa entre la prestación efectiva del servicio y el pago de los haberes.
Por este motivo, el Municipio considera que existe un antecedente administrativo que permite adoptar nuevamente la misma decisión frente al paro del 3 de agosto.
Otro de los argumentos centrales utilizados por el Ejecutivo es que la jornada de protesta fue convocada por CTERA en el ámbito nacional y no se originó en un conflicto laboral específico entre los docentes municipales y la Municipalidad de General Pueyrredon.
La resolución sostiene que la medida de fuerza no estuvo vinculada con un conflicto colectivo de trabajo local ni con las condiciones laborales, salariales o de prestación de servicios de los docentes municipales.
Con esos fundamentos, el Ejecutivo municipal dispuso que las jornadas en las que no hubo prestación efectiva de tareas sean descontadas de los haberes de los docentes que adhirieron al paro, siempre que las ausencias no se encuentren debidamente justificadas.
