La Suprema Corte bonaerense respaldó a la Provincia en una disputa laboral con Pedidos Ya
El máximo tribunal provincial rechazó un recurso presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, y dejó firme el núcleo de una sanción aplicada por el Ministerio de Trabajo bonaerense por la situación laboral de 62 repartidores.
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La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario federal presentado por Repartos Ya S.A., empresa que opera bajo la plataforma Pedidos Ya, en el marco de una causa iniciada a partir de inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo bonaerense sobre las condiciones laborales de repartidores.
La resolución, fechada el 5 de agosto de 2026, consideró que la empresa no realizó una crítica eficaz de las decisiones anteriores y que sus argumentos se limitaron a reiterar planteos que ya habían sido analizados. Además, el máximo tribunal provincial descartó que existiera un supuesto de gravedad institucional que justificara habilitar la instancia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
El expediente se inició en julio de 2020, luego de una serie de inspecciones realizadas por el Ministerio de Trabajo en distintas localidades bonaerenses. Como resultado de los procedimientos, Repartos Ya S.A. fue intimada a presentar documentación laboral correspondiente a 71 personas que habían sido relevadas mientras realizaban tareas de reparto mediante la plataforma.
La empresa reconoció como trabajador en relación de dependencia a uno de los repartidores. Respecto de otros 62, sostuvo que se trataba de prestadores autónomos vinculados mediante contratos de locación de servicios, mientras que negó cualquier tipo de relación laboral con las ocho personas restantes.
Tras el proceso administrativo, el Ministerio de Trabajo determinó que existían infracciones y aplicó una multa de $17.690.400. La empresa apeló la medida, pero el Tribunal del Trabajo Nº 1 de La Plata confirmó la sanción en 2021 y consideró que no había logrado desvirtuar la presunción de existencia de una relación laboral respecto de los 62 repartidores reconocidos como prestadores.
Con el nuevo pronunciamiento, la Suprema Corte bonaerense dejó firme el núcleo de la decisión referido a esos 62 trabajadores y cerró el camino para que la empresa lleve ese planteo ante la Corte Suprema de la Nación. Sin embargo, el expediente aún no terminó: la situación de las otras ocho personas, cuya vinculación fue negada por la compañía, deberá ser analizada nuevamente por un Tribunal del Trabajo con una nueva integración.
Esa instancia pendiente podría modificar el monto definitivo de la sanción una vez que se determine la situación laboral de esos ocho trabajadores.
