Ingresaron a un edificio del Instituto Unzué y fueron sorprendidos por personal de seguridad
Una vez localizados, los efectivos identificaron a una mujer de 47 años y a un hombre de 39 años, ambos en situación de calle.
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Dos personas en situación de calle fueron demoradas durante la tarde del 16 de junio luego de ser encontradas dentro de un sector del Instituto Unzué, ubicado en la zona de Río Negro y Sargento Cabral, tras haber ingresado presuntamente de manera ilegal al predio.
El procedimiento se inició a raíz de un llamado al sistema de emergencias 911 realizado por una empleada de seguridad del establecimiento, quien alertó sobre la presencia de un hombre y una mujer dentro de una de las oficinas del inmueble.
Al arribar al lugar, personal policial se entrevistó con la trabajadora, quien relató que mientras realizaba una recorrida de rutina por la planta baja escuchó voces provenientes de una oficina. Según indicó, al acercarse al sector oyó a un hombre y una mujer manifestar que ya se retirarían del lugar, por lo que decidió solicitar asistencia policial y aguardar la llegada de los efectivos.
Durante la inspección del edificio se constató una rotura en un vidrio de un baño ubicado en la planta baja, el cual se encontraba cubierto con cartones, circunstancia que permitió presumir que habría sido utilizado como vía de acceso al inmueble. Asimismo, se verificó que los involucrados habrían ingresado previamente al predio tras escalar un paredón de aproximadamente dos metros de altura que da a un sector en desuso del establecimiento.
Una vez localizados, los efectivos identificaron a una mujer de 47 años y a un hombre de 39 años, ambos en situación de calle.
La Fiscalía de Flagrancia a cargo del Dr. Daniel Vicente tomó intervención en el caso y dispuso la formación de una causa por el delito de Daño, en virtud de los daños constatados en el acceso al edificio. Además, ordenó la realización de las actuaciones de rigor, la verificación de antecedentes y la posterior libertad de ambos involucrados conforme a lo establecido por el artículo 161 del Código Procesal Penal.
