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    Macri firmó el decreto que habilita los retiros voluntarios

    03 de abril de 2018 - 08:59
    Macri firmó el decreto que habilita los retiros voluntarios
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    El presidente de la Nación Mauricio Macri firmó un decreto que habilita un régimen de retiro voluntario para el personal de toda la Administración Nacional.

    Dentro de este decreto quedan comprendidos el Poder Ejecutivo, los ministerios y los organismos descentralizados e instituciones de la seguridad social como el PAMI, la Anses, la AFIP, el Senasa, INTA e INTI, entre otros.

    Según detalló el Boletín Oficial bajo el decreto 263/2018, para poder acogerse a los planes de retiro voluntario deben cumplir una serie de requisitos:

    1. Tener SESENTA Y CINCO (65) o más años de edad y no contar con los años de servicio necesarios para obtener la jubilación ordinaria
    2. Tener entre SESENTA (60) y SESENTA Y CINCO (65) años de edad;
    3. Tener hasta SESENTA (60) años de edad y acreditar una prestación de servicios de DOS (2) o más años en Entidades y Jurisdicciones comprendidas en el artículo 8°.

    Quedan expresamente excluidos de los planes de Retiro Voluntario el personal:

    Quien cumpliese con todos los requisitos mencionados recibirá retribuciones de 24 a 36 cuotas mensuales equivalentes al sueldo neto y el beneficio de la obra social. Si el beneficiario se jubilara dentro de ese plazo, el plan se vería interrumpido.

    En el caso de los menores de 60 años, con más de dos años de trabajo, las cuotas serán del 70% del sueldo neto y crecientes según la antigüedad. Pero podrán reinsertarse en el sector privado y percibir un sueldo simultáneo al plan. Se estima que podrían adherirse entre 3000 y 5000 empleados públicos, que no podrán ser reemplazados.

    Entre los excluidos se resaltan: Fuerzas Armadas, Fuerzas de Seguridad y Policiales, Agencia Federal de Inteligencia de la Presidencia de la Nación, cargo docente, profesional de la salud, en el Servicio Exterior de la Nación o personal científico técnico, procesados por delito en perjuicio de la Administración Pública Nacional, quien hubiere presentado su renuncia y estuviere pendiente de aceptación,  Que se encontrare en situación de disponibilidad a la fecha de la vigencia del presente, entre otros.

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