Los bancos podrán embargar las cuentas sueldos
Entre los decretos 27/2018 y 30/2018 para desburocratizar y simplificar el funcionamiento del Estado se incluyó una modificación que permitirá embargar las cuentas sueldo. El Banco Central explicó que desde ahora se podrá embargar de las cuentas sueldo lo que exceda al “equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses”.
La ley establecía que los embargos sobre los salarios debían reclamarse al empleador para que hiciera las retenciones, es decir que los bancos no podían aplicarlos directamente sobre las cuentas sueldo. A partir de ahora, esa ley se modificó.
La idea es “aumentar la calidad crediticia y el acceso al crédito de alrededor de nueve millones de titulares” de este tipo de cuentas, ya que así los bancos tendrían cómo cobrar sus préstamos en casos de incumplimiento.
Así, para el Central la medida, al reducir los riesgos a los que están expuestas las entidades bancarias, generará un aumento en el otorgamiento de créditos, con mayores montos y tasas más bajas.