ANSES recordó que jubilados y pensionados pueden designar apoderados para cobrar o tramitar sus prestaciones
Además, pueden nombrar un representante especial por un período determinado, en caso de encontrarse imposibilitados de movilizarse.
ANSES, organismo dependiente del Ministerio de Capital Humano, informó que jubilados y pensionados tienen la posibilidad de designar un apoderado para tramitar o percibir sus prestaciones. También pueden nombrar un representante especial por un período determinado, en caso de encontrarse imposibilitados de movilizarse.
El apoderado puede ser cualquier persona mayor de 18 años. Si se trata de un familiar, no es necesario solicitar turno para realizar la gestión. Se recomienda verificar previamente que los datos del titular y de su grupo familiar estén registrados y actualizados en mi ANSES. Luego, se debe concurrir con DNI y la documentación que acredite el vínculo a la oficina de ANSES más cercana al domicilio.
Para el cobro de la prestación, los titulares pueden optar por entidades públicas nacionales, provinciales o municipales; mutuales e instituciones de asistencia social; abogados o procuradores con poder certificado ante escribano. En el caso de personas internadas en hospitales, sanatorios o asilos, podrán designar al director o administrador del establecimiento.
Asimismo, los residentes en el exterior pueden otorgar poder a un banco que cuente con la opción de giro al exterior, para percibir su jubilación o pensión.

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