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    La Justicia ordenó limitar los operativos de la Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle

    El fallo del juez Juan Tapia da lugar al hábeas corpus presentado por la Comisión por la Memoria. La decisión judicial prohíbe prácticas que “impliquen violencia física, verbal”.

    02 de julio de 2025 - 18:18
    El fallo judicial cuestionó los métodos usados por la Patrulla Municipal.
    El fallo judicial cuestionó los métodos usados por la Patrulla Municipal.
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    El Juzgado de Garantías N°4, a cargo del juez Juan Tapia, dio lugar a un hábeas corpus presentado por la Comisión por la Memoria (CPM) y ordenó al Ejecutivo local limitar los operativos de la Patrulla Municipal sobre personas en situación de calle, tras las repercusiones por la muerte de Gustavo Héctor Cabello esta martes a la madrugada.

    Además, la decisión judicial prohíbe prácticas que “impliquen violencia física, verbal” o la “sustracción de documentos y objetos personales”. La medida busca garantizar los derechos a la vida, la integridad física y psíquica, la libertad y “la dignidad de este colectivo vulnerable”.

    El fallo destaca la acumulación de testimonios que refieren un trato violento por parte de algunos agentes municipales hacia personas en situación de calle, un grupo caracterizado por su exclusión social y cuya principal espacio de socialización y subsistencia es la vía pública. 

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      El juez Tapia subrayó además que estas prácticas, documentadas en el hábeas corpus, evidencian conductas arbitrarias e ilegales, incluyendo violencia física y psicológica. Además, señaló que los operativos suelen realizarse de noche, focalizándose en personas sin domicilio fijo, lo que dificulta su localización posterior y la presentación de denuncias. 

      También se refirió al uso de prendas oscuras y al ocultamiento de rostros por parte de los agentes, lo que impide su identificación, y a la planificación previa de estos despliegues contra personas desarmadas. La resolución no cuestiona las facultades del municipio para controlar el espacio urbano, pero exige que los procedimientos respeten los derechos fundamentales. 

      Por otro lado, el magistrado destacó que la Secretaría de Desarrollo Social, a cargo de Vilma Baragiola, adopta un enfoque diferente, promoviendo albergues, paradores e interacciones con otros organismos para atender las necesidades de este colectivo. En este contexto, enfatizó que el reconocimiento de la condición humana de estas personas es un “mínimo ético” en tiempos de creciente distanciamiento social, que afecta la confianza y la solidaridad.

      Temas
      • patrulla
      • JUSTICIA
      • Juan Tapia
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