Un juez declaró inconstitucional el decreto que redujo las indemnizaciones de las ART
El juez Alejandro Segura, a cargo del Juzgado Nacional del Trabajo N°41, declaró como inconstitucional en DNU dictado por el presidente de la Nación Mauricio Macri la semana pasada, por medio del cual modificaba la forma en la que se calculaban las indemnizaciones por accidentes de trabajo.
El magistrado manifestó que la normativa también era "inconvencional". Lo hizo en el marco de la causa de Miguel "Tití" Fernández por la muerte de su hija, durante la cobertura del Mundial Brasil 2014. Además, utilizó lenguaje inclusivo apelando a "lxs trabajadorxs" en su fallo. Para él, la norma tiene "manifiesto carácter burdo", es "impropia del Estado de Derecho" y fue "urdida por personas incapaces de aprobar un parcial de Derecho Civil Parte General".
Además, estableció que "el DNU nuca puede aplicarse de modo retroactivo", debido a que la normativa reemplazaba la fórmula prevista por la ley de ART reformulada en 2017, la cual debía regir para los casos en curso. Y que "viola el principio de progresividad de los derechos" del artículo 14 bis de la Constitución.
El decreto del gobierno había sido publicado el lunes 30 de septiembre. El cambio en el modo en que se actualizan las indemnizaciones por accidentes laborales reducía "notablemente" los montos que los trabajadores podían cobrar.
El cambio más importante apuntaba a modificar la Ley N° 24.557 y establecer que desde ahora el cálculo del "ingreso base" de los trabajadores, la cifra que se usa para determinar cuánto se le paga al trabajador accidentado en concepto de indemnización, se actualizará siguiendo la variación del índice de Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y no por medio de la tasa activa de interés que pagan los bancos.
De esta manera, la forma de calcular las reparaciones, al reemplazar la tasa de interés activa (del orden del 90% anual) por el índice Ripte (apenas superior al 40% anual), que sigue la evolución de los salarios formales. Según el Gobierno, se hizo para sumar el pago de las indemnizaciones a la rentabilidad de las Aseguradoras de Riesgo de Trabajo (ART), que ronda el 42%, explicó Clarín.
El juez Segura se anticipó al tratamiento que iba a darle al decreto la Comisión Bicameral del Congreso, que iba a definir su validez. Sin embargo, en su decisión reconoce la instancia parlamentaria al determinar el DNU es "formalmente válido" hasta tanto se produzca la participación constitucional" de la comisión.