Rige el dólar diferencial para todo el sector exportador
El tipo de cambio diferencial para todo el complejo exportador, anunciado el lunes por el ministro de Economía, Sergio Massa, comenzó a regir desde este martes, extendiéndose hasta el próximo 19 de noviembre.
El esquema, fijado a través del Decreto 549/2023 publicado anoche en un suplemento del Boletín Oficial, permitirá liquidar el 30% de las divisas al tipo de cambio financiero contado con liquidación (CCL, actualmente con un valor de $ 935,19), mientras que el 70% restante seguirá realizándose a precio del dólar oficial ($ 347,50).
Es decir, los exportadores recibirán una mayor cantidad de pesos que los que obtendrían si tuvieran que liquidar el 100% de sus ventas al tipo de cambio oficial.
Hasta el momento regia un esquema similar pero sólo para determinados sectores (como soja, industria automotriz, minería y esquemas regionales) y con un límite de liquidación al valor del CCL del 25%.
Por el contrario, el nuevo régimen será para todas las exportaciones, incluyendo bienes primarios, intermedios, terminados; y servicios.
La medida, que apunta a reforzar las reservas del Banco Central (BCRA), establece, por otra parte, que los exportadores alcanzados “efectuarán el pago de los derechos, tributos y demás conceptos” como es el caso de los Derechos a las Exportaciones en las condiciones que establezca la AFIP, “no debiendo superar dicha fecha el 31 de diciembre de 2023”.
La resolución faculta al Banco Central a instrumentar los mecanismos necesarios para que el resultado de toda liquidación de divisas sea, a opción del exportador, acreditado en una cuenta especial cuya retribución se determine en función de la evolución del tipo de cambio, o, como alternativa, aplicado a la suscripción directa de letras internas del BCRA en dólares liquidables en pesos por el tipo de cambio de referencia.