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    Revés judicial para Montenegro: suspenden proyecto de torre de 35 pisos por "irregularidades legales"

    La Justicia marplatense aceptó la medida cautelar solicitada por las organizaciones Mirada Ciudadana y Surfrider. La abogada Soledad Arenaza destacó que "las irregularidades urbanísticas, ambientales y de transparencia en el proyecto", aprobado por la gestión que encabeza el Intendente.

    23 de mayo de 2025 - 23:04
    La Justicia detuvo la construcción de la  torre de más de 35 pisos en el barrio Stella Maris.
    La Justicia detuvo la construcción de la torre de más de 35 pisos en el barrio Stella Maris.
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    La Justicia marplatense ordenó la suspensión inmediata de la Ordenanza Municipal 26.448, que habilitaba la construcción de una torre de más de 35 pisos en el barrio Stella Maris, en cercanías del Chalet María Frers, un inmueble declarado patrimonio municipal. La decisión fue firmada por el juez Simón Francisco Isacch.

    La abogada Soledad Arenaza, representante de las organizaciones Mirada Ciudadana y Surfrider, celebró la reciente resolución de la Justicia, puntualmente del Juzgado de primera instancia en lo Contencioso Administrativo N°1, que hizo lugar a una medida cautelar. 

    El Marplatense dialogó con la letrada que representa a los vecinos nucleados en las organizaciones.

    “La medida cautelar, que responde a una demanda presentada por las organizaciones, apunta a frenar un proyecto que incumple una serie de normativas urbanísticas, ambientales y de transparencia”, dijo Arenaza.

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      El proyecto, autorizado por el Consejo Deliberante a través de la ordenanza N° 26.448, contempla la construcción de una torre de 128 metros de altura en una zona central de Mar del Plata. Para Arenaza, la resolución del juez representa un paso importante en la defensa de la ciudad frente a un proyecto que considera ilegal e inconstitucional.

      Suspensión de trámites y publicidad del litigio judicial

      El fallo judicial suspende todos los trámites que puedan conducir a la concreción del proyecto hasta que se resuelva el fondo del caso. “La medida cautelar consiste en impedir que continúen los procedimientos para efectivizar la autorización que el Consejo Deliberante otorgó, congelando la posibilidad de que el proyecto avance en esta etapa”, explicó Arenaza.

      Además, la resolución ordena la inscripción de una anotación en el registro de la propiedad, que informa sobre el litigio en curso respecto a las parcelas involucradas en el proyecto. Esto tiene como objetivo evitar que potenciales compradores de derechos se vean afectados por la futura nulidad del proyecto.

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        Irregularidades y violación de normativas urbanísticas

        Uno de los aspectos clave de la resolución, según la abogada, es el reconocimiento por parte del juez de las irregularidades en los fundamentos del proyecto. “El juez recupera muchos de los argumentos que hemos presentado en la demanda”, señaló Arenaza. Entre las irregularidades señaladas, destaca la autorización de una excepción urbanística que viola lo establecido en el Código de Ordenamiento Territorial para el distrito de R7.

        “Este tipo de excepción no fue consultado ni debidamente participado por la comunidad, lo cual es un requisito esencial según la legislación vigente. Además, el proyecto se presenta sin un estudio de impacto ambiental adecuado”, afirmó la abogada. Según Arenaza, el hecho de que el proyecto se justifique por la protección de un bien patrimonial también es cuestionable, ya que en la misma área donde se busca proteger el patrimonio, se planea demoler un chalet con valor histórico para construir la torre encima.

        Problemas de transparencia y principios ambientales

        Otro punto clave señalado por Arenaza es “la falta de transparencia en la aprobación de los indicadores urbanísticos”. Según la abogada, “los indicadores que se autorizaron en la ordenanza no figuran en el texto oficial de la norma, sino en croquis preliminares, lo que genera serias dudas sobre la claridad y la legalidad del proceso”.

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          “La resolución también refleja que este tipo de proyectos puede contravenir principios fundamentales del derecho ambiental, como los principios precautorio y preventivo. Si se permitiera la demolición del chalet, los daños serían irreversibles, y no se podría volver atrás una vez que se haya hecho”, advirtió Arenaza.

          Confianza en el proceso judicial

          Arenaza expresó su satisfacción con la resolución, pero también destacó que el proceso judicial aún está en marcha. “Si bien la resolución cautelar es un paso positivo, ahora debemos continuar con la producción de prueba y esperar una sentencia definitiva”, afirmó.

          “Estamos convencidos de que, a medida que avance el juicio, el análisis más detallado de las irregularidades de este proyecto permitirá confirmar que el mismo no puede llevarse a cabo en estas condiciones, ya que contraviene principios legales fundamentales”, concluyó la abogada.

          Temas
          • JUSTICIA
          • Ordenanza
          • Guillermo Montenegro

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