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    Reclaman que se cumpla la Ordenanza 10.075 para frenar la especulación inmobiliaria

    Tras el incendio que destruyó la histórica casilla, vecinos y la asociación Mirada Ciudadana solicitaron al Municipio que se aplique la normativa. Reclaman que se respeten los límites urbanos y se frene la especulación inmobiliaria.

    15 de octubre de 2025 - 10:15
    La presentación busca que se respete la normativa vigente del Código de Preservación Patrimonial.
    La presentación busca que se respete la normativa vigente del Código de Preservación Patrimonial.
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    Tras el incendio que destruyó el ex Obrador de Villa Blaquier, vecinos y la asociación Mirada Ciudadana solicitaron al Municipio que se aplique el artículo 13 de la Ordenanza 10.075, que restringe la capacidad constructiva en terrenos donde existían bienes patrimoniales. Reclaman que se respeten los límites urbanos y se frene la especulación inmobiliaria.

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    La asociación Mirada Ciudadana, junto a vecinos y referentes patrimoniales, presentó una nota formal al secretario de Obras y Planeamiento Urbano, Jorge González, y al intendente Guillermo Montenegro, solicitando que se haga cumplir el artículo 13 de la Ordenanza 10.075 sobre la parcela donde se encontraba el ex Obrador de Villa Blaquier, en Alvear 2149, destruido por un incendio el pasado 24 de septiembre de 2025.

    La presentación busca que se respete la normativa vigente del Código de Preservación Patrimonial, que establece que los terrenos donde se demolieron o destruyeron inmuebles de valor histórico no pueden ser objeto de un aumento de la capacidad edificatoria. En estos casos, la norma no fija un límite nuevo, sino que impone una restricción o castigo urbanístico, eliminando los beneficios o premios constructivos que pudiera otorgar el Código de Ordenamiento Territorial (COT).

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    “Los límites existen. Si se respeta el Código de Ordenamiento Territorial, no hay lugar para la especulación inmobiliaria”, expresaron desde la agrupación.

    El artículo 13 dispone que, ante la demolición o destrucción de un bien patrimonial, los proyectos que se presenten en el mismo lote deben ajustarse a los indicadores urbanísticos más restrictivos —altura, superficie y densidad— y pierden la posibilidad de ampliar la capacidad constructiva como castigo por la pérdida del valor patrimonial.

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      La nota solicita que se notifique a todas las dependencias municipales involucradas en el otorgamiento de permisos de obra y al catastro municipal, así como a la inmobiliaria Robles Casas y Campos —encargada de la venta del terreno—, para asegurar la publicidad de la restricción legal y proteger a posibles compradores de buena fe.

      Además, los vecinos advirtieron que, si se autoriza una construcción que vulnere la normativa, están dispuestos a iniciar acciones judiciales.

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      El ex Obrador de Villa Blaquier, una casilla de madera construida en 1903, era la última en pie de los cinco chalets originales que conformaban el conjunto histórico de la zona. Su pérdida reavivó el debate sobre la preservación del patrimonio arquitectónico marplatense frente al avance de la especulación inmobiliaria.

      “El patrimonio no es un obstáculo para el desarrollo, sino una parte esencial de nuestra identidad como ciudad”, remarcaron desde Mirada Ciudadana.

       

       

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