OSSE apelará el fallo que declaró ilegítimo el aumento tarifario de enero y febrero 2024
La sentencia ordenó retrotraer la tarifa y acreditar a los usuarios lo abonado por el incremento del 142,7%. La empresa anticipó que recurrirá la decisión y remarcó que la medida no implica devoluciones directas de dinero.
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Obras Sanitarias Sociedad de Estado (OSSE) confirmó que apelará la sentencia del Juzgado en lo Contencioso Administrativo Nº 1 que cuestionó la validez del aumento tarifario aplicado a las facturas de enero y febrero de 2024. El fallo —dictado en la causa “ADDUC c/ Municipalidad de General Pueyrredón y otro” (expte. 31225)— declaró ilegítimo el decreto 292, mediante el cual se aprobó un incremento del 142,7%, por no haberse convocado previamente a una audiencia pública.
La resolución ordena retrotraer la tarifa al esquema previo y establece que las sumas abonadas por los usuarios deberán imputarse como crédito en futuras facturaciones, en cuotas que se definirán en la etapa de ejecución de sentencia. El juez dejó claro que no corresponde la devolución directa de dinero, sino una compensación futura.
OSSE remarcó tres puntos centrales:
La sentencia no está firme y será apelada.
El fallo no ordena devolver dinero a los usuarios.
Los montos pagados por el aumento de enero y febrero se acreditarán en próximas boletas.
Los fundamentos de OSSE
La empresa recordó que nunca desconoció la importancia de las audiencias públicas como herramienta de participación ciudadana, y que de hecho ha impulsado este mecanismo en proyectos estratégicos como la EDAR (19/09/2013) y el Sistema Acueducto Oeste (02/12/2016).
Sin embargo, en el proceso judicial explicó por qué —a su entender— no existía una obligación legal de convocarlas antes del incremento tarifario de 2024. Señaló que la adhesión municipal al Marco Regulatorio Provincial se produjo en 2008, antes de la modificación legal que volvió obligatoria la audiencia pública, y que ese cambio normativo no sería automáticamente aplicable al municipio.
Además, en diciembre de 2023 la empresa enfrentaba una situación presupuestaria crítica, según consta en los informes citados en el expediente. La inflación había desfasado los costos operativos y la recomposición tarifaria resultaba —sostuvo la compañía— “indispensable para garantizar la continuidad del servicio”, especialmente en la compra de insumos esenciales como cloro, combustible y energía.
OSSE también recordó que el decreto 292 fue luego convalidado por la Ordenanza Municipal Nº 20.384, publicada en el Boletín Oficial, y que el aumento fue incorporado dentro del presupuesto 2024 aprobado por el Concejo Deliberante.
El criterio del juez
El magistrado Simón Francisco Isacch entendió que, más allá de las particularidades del régimen municipal o del tipo de servicio, la audiencia pública es obligatoria en aumentos tarifarios del servicio de agua potable y cloacas, citando la doctrina de la Suprema Corte bonaerense en el fallo Negrelli y la jurisprudencia de la Corte Suprema.
El juez destacó que el incremento del 142,7% generaba un impacto tarifario suficiente para exigir ese mecanismo de participación, y que su ausencia tornaba inválida la decisión administrativa.
Qué pasa ahora
Mientras avanza la apelación, el fallo establece que los importes cobrados deberán quedar a cuenta de futuras facturas, sin intereses por el momento, ya que la actualización monetaria —también reclamada por la actora— será analizada en la etapa de ejecución.
La causa también ordena que se inscriba el caso en el Registro Público de Procesos de Incidencia Colectiva de la Corte bonaerense.
OSSE insistió en que mantendrá informada a la comunidad y que la continuidad del servicio “está plenamente garantizada” en esta etapa procesal.

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