Ley de Inocencia Fiscal: sobreseyeron a Lázaro Báez en la causa por evasión
La Justicia dispuso el sobreseimiento parcial del empresario a partir de la aplicación de la normativa reciente que modificó los montos mínimos para considerar delito este tipo de conductas.
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La decisión fue adoptada por el Tribunal Oral en lo Penal Económico N.º 3, que también benefició a los hijos del empresario y a otros imputados vinculados a la firma Austral Construcciones.
El expediente analizaba presuntas irregularidades en el pago de impuestos (entre ellos IVA y Ganancias) correspondientes a los períodos fiscales comprendidos entre 2010 y 2014. Sin embargo, con la entrada en vigencia de la nueva ley, gran parte de los montos investigados quedaron por debajo de los umbrales establecidos para que exista delito penal.
La Ley de Inocencia Fiscal elevó significativamente los montos mínimos para configurar evasión: se requiere ahora superar los $100 millones por tributo y por ejercicio anual en casos de evasión simple, y $1.000 millones para la evasión agravada.
En este contexto, la defensa de Báez solicitó la aplicación del principio de “ley penal más benigna”, que establece que, ante un cambio normativo, debe aplicarse la legislación más favorable al imputado incluso de manera retroactiva.
El tribunal hizo lugar a ese planteo y resolvió el sobreseimiento para los períodos en los que las cifras investigadas no alcanzan los nuevos mínimos. De esta manera, la causa quedó acotada únicamente al ejercicio fiscal 2012, único tramo que todavía supera el umbral vigente.
El sobreseimiento no implica el cierre total de la causa ni afecta otras investigaciones o condenas que enfrenta Lázaro Báez, como los expedientes judiciales vinculados a corrupción y lavado de dinero.

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