La Cámara del Trabajo reactivó la reforma laboral y dejó sin efecto la cautelar
La discusión de fondo, sin embargo, sigue abierta en la Justicia.
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La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó este miércoles el efecto de la cautelar que había suspendido parte de la reforma laboral y restableció la vigencia de 83 artículos de la Ley 27.802, mientras continúa la disputa judicial impulsada por la CGT contra el Estado nacional.
La decisión fue adoptada por la Sala VIII, integrada por la jueza María Dora González y el juez Víctor Arturo Pesino, al hacer lugar al planteo del Estado para que la apelación contra la cautelar tuviera efecto suspensivo. Hasta ahora, el recurso había sido concedido con efecto devolutivo, lo que permitía que la medida siguiera vigente mientras avanzaba la revisión.
Con este nuevo criterio, la cautelar dictada el 30 de marzo por el juez Enrique Ojeda quedó sin efecto de manera inmediata. En los hechos, eso implica que los artículos cuestionados de la reforma laboral recuperaron vigencia en esta etapa del proceso, al menos hasta que la Cámara resuelva sobre el fondo del planteo.
El tribunal sostuvo que corresponde aplicar lo previsto en la Ley 26.854, que regula las medidas cautelares contra el Estado. Según esa norma, cuando una cautelar suspende total o parcialmente una ley, la apelación debe tramitar con efecto suspensivo, salvo en casos excepcionales vinculados con derechos especialmente protegidos. Los camaristas entendieron, en principio, que esas excepciones no se daban en este expediente.
La presentación original de la CGT cuestionó una parte central de la reforma laboral, entre ella cambios en indemnizaciones, condiciones de contratación, jornada laboral y representación sindical. En primera instancia, Ojeda había considerado acreditados los requisitos para suspender provisoriamente 83 artículos de la norma.
Tras el fallo de la Cámara, el expediente ingresa ahora en una nueva etapa. El tribunal deberá analizar si confirma o revoca la cautelar, mientras el Gobierno también impulsa un recurso extraordinario por per saltum ante la Corte Suprema. Hasta que haya una nueva definición, la reforma laboral seguirá vigente en los términos establecidos por la ley.
Fuente: Infobae

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