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    Fallo judicial a favor del SIMAPE: “Evita daños ilegítimos e inconstitucionales para los trabajadores”

    Lo manifestó el titular del gremio, Pablo Trueba. Dijo que a recuperan el “derecho de huelga” no se les va a aplicar “la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”.

    07 de mayo de 2026 - 16:32
    El dirigente recordó que el expediente tuvo inicialmente un dictamen favorable en Mar del Plata, en el juzgado federal de Alfredo López.
    El dirigente recordó que el expediente tuvo inicialmente un dictamen favorable en Mar del Plata, en el juzgado federal de Alfredo López.
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    Tras conocerse el fallo de la Justicia que hizo lugar a una medida cautelar presentada por el Sindicato Marítimo de Pescadores (SIMAPE) y la suspensión a la aplicación de artículos de la reforma laboral, desde el gremio su titular, Pablo Trueba, manifestó que ahora “tenemos libre derecho de huelga y tampoco se nos va a aplicar la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”.

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    La resolución fue dictada por el juez laboral Raúl Ojeda, titular del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°63, en el marco de un amparo impulsado por el sindicato. En diálogo con El Marplatense, Trueba explicó que la presentación judicial cuestionó tres aspectos centrales de la reforma: “La exclusión del personal embarcado dentro de la Ley de Contrato de Trabajo”, “la inconstitucionalidad de la negación al derecho a huelga” y “la ultraactividad de los convenios”.

    El dirigente recordó que el expediente tuvo inicialmente un dictamen favorable en Mar del Plata, en el juzgado federal de Alfredo López, con respaldo del Ministerio Público Fiscal. Posteriormente, la causa fue remitida al juzgado de Ojeda, en Buenos Aires, donde también tramitan los amparos impulsados por la CGT contra distintos artículos de la reforma laboral.

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      Según detalló, el magistrado entendió que correspondía otorgar una cautelar para evitar “daños lesivos, ilegítimos, arbitrarios e inconstitucionales” hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo.

      En el fallo, Ojeda suspendió la aplicación de artículos de la Ley 27.802 vinculados al régimen laboral del personal embarcado y advirtió sobre la existencia de una “incertidumbre jurídica” que podría derivar en perjuicios irreparables para los trabajadores marítimos. Además, aclaró que el planteo del SIMAPE tiene características específicas vinculadas al sector pesquero y resulta independiente de la causa iniciada por la CGT.

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      Trueba sostuvo que la medida implica que los trabajadores nucleados en el sindicato vuelven a quedar alcanzados por la Ley de Contrato de Trabajo mientras dure la cautelar. “El SIMAPE se encontraba excluido de la norma de la Ley de Contrato de Trabajo, hoy no lo está”, afirmó.

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        Asimismo, remarcó que “tenemos libre derecho de huelga y tampoco se nos va a aplicar la limitación temporal en los convenios colectivos de trabajo”. El dirigente sindical insistió en que los artículos cuestionados vulneran garantías constitucionales y derechos históricos del sector marítimo: “Primero dejarnos fuera de una ley, segundo limitarnos al derecho a huelga, que está dentro de la Constitución, y la ultraactividad de los convenios”.

        Desde el gremio consideraron que el fallo representa un antecedente importante dentro de la avanzada judicial de distintos sindicatos marítimos y pesqueros contra la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. En las últimas semanas, organizaciones como el SOMU y el Centro de Patrones también promovieron acciones judiciales similares para frenar cambios vinculados a la actividad embarcada.

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