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    El Gobierno endurece la vigilancia contra la pesca ilegal en aguas argentinas

    La Disposición 20/2026 establece criterios claros para detectar pesca ilegal mediante tecnología satelital y maniobras de navegación.

    05 de febrero de 2026 - 11:30
    La medida busca optimizar la protección de los recursos marinos frente a la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada.
    La medida busca optimizar la protección de los recursos marinos frente a la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada.
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    La Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación, a través de la Subsecretaría de Recursos Acuáticos y Pesca, puso en vigencia la Disposición N°20/2026, que establece un nuevo protocolo para fortalecer la vigilancia y el régimen de sanciones contra buques de bandera extranjera que operen de manera ilegal en la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA).

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    La medida busca optimizar la protección de los recursos marinos frente a la Pesca Ilegal, No Declarada y No Reglamentada (INDNR), asegurando la soberanía nacional sobre la plataforma continental mediante estándares técnicos claros y verificables para la detección de infracciones.

    A partir de la nueva normativa, se establecen presunciones legales de pesca ilegal basadas en el comportamiento de los buques. Se considerará infracción cuando una embarcación extranjera navegue a una velocidad inferior a 6 nudos realizando cambios de rumbo compatibles con tareas de pesca; en el caso de los buques poteros, especializados en la captura de calamar, la presunción operará si navegan a 2 nudos o menos sin justificación válida. El control se apoyará en el Sistema Guardacostas de la Prefectura Naval Argentina, utilizando registros satelitales y electrónicos como evidencia de alta precisión.

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      La disposición contempla además garantías para el debido proceso, ya que los capitanes de los buques podrán presentar descargos y pruebas técnicas, como reportes meteorológicos o partes de avería, con el fin de justificar sus maniobras y movimientos.

      La iniciativa se enmarca en el Principio Precautorio, que obliga al Estado a actuar de manera preventiva ante la posibilidad de daños graves al ecosistema marino, incluso cuando no exista certeza científica absoluta al momento de la detección de una posible infracción.

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