El Gobierno ajustó los requisitos del régimen de viajes oficiales al exterior
El Poder Ejecutivo nacional oficializó una nueva modificación al régimen que regula los viajes oficiales al exterior de funcionarios públicos, mediante la Decisión Administrativa 9/2026, publicada en el Boletín Oficial.
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La medida introduce ajustes en los requisitos y procedimientos para autorizar misiones y comisiones internacionales, con el objetivo declarado de optimizar recursos, simplificar circuitos administrativos y promover una mayor eficiencia en la gestión de estos traslados.
Una de las principales modificaciones establece que la aprobación de viajes oficializados al exterior seguirá centralizada en la Jefatura de Gabinete de Ministros para los cargos de mayor jerarquía: ministros, secretarios de la Presidencia y funcionarios con rango equivalente. Para el resto de los agentes públicos, la decisión podrá recaer ya sea en el titular de la cartera ministerial correspondiente, en ministros, secretarios de la Presidencia o en titulares de organismos descentralizados, siempre en función del rango del solicitante.
El procedimiento administrativo ahora deberá formalizarse mediante la presentación de un “Informe de Planificación de Gestión Internacional”, un formulario que debe ser suscripto tanto por la persona que viajará como por la autoridad que aprueba el traslado. La presentación ante la Jefatura de Gabinete debe hacerse al menos diez días hábiles antes del viaje, salvo casos excepcionales debidamente justificados.
La normativa, que actualiza una serie de restricciones establecidas en 2024, incluye ahora un tope explícito al tamaño de las comitivas oficiales. Las misiones diplomáticas o institucionales al exterior “quedan limitadas a un máximo de un funcionario o autoridad por cada evento o actividad internacional reconocido e impostergable”, salvo que se justifique la presencia de integrantes adicionales.
Otro punto clave de la actualización es la clasificación de las autoridades según grupos jerárquicos para definir el tipo de pasaje aéreo que pueden utilizar: Los funcionarios del Grupo A (incluyendo ministros y autoridades de alta jerarquía) podrán usar pasajes en clase ejecutiva. Los del Grupo B viajarán en clase económica, con posibilidad de acceder a ejecutiva solo por motivos de salud, seguridad personal o productividad, y con autorización previa. Los integrantes de los Grupos C y D tendrán pasajes exclusivamente en clase económica, y cualquier mejora o cambio deberá ser costeado por el propio viajero.

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