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    Departamentos en Mar del Plata: los cambios con la nueva ley de alquileres

    29 de octubre de 2020 - 16:40
    Departamentos en Mar del Plata: los cambios con la nueva ley de alquileres
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    Los precios de las propiedades sufrieron en Mar del Plata bajas en moneda norteamericana de entre 20 y 30 % y el cien por cien de las operaciones se realizan en dólares, diferencia de algunas provincias del interior como Tucumán y Córdoba donde se cierran las ventas en pesos.

    La ausencia de oferta en materia de créditos hipotecarios para la clase media es todavía una cuenta pendiente para las autoridades que aún no tomaron grandes decisiones al respecto.

    La apertura en la cuarentana para realizar mudanzas, acompañada de la vuelta a las obras en construcción son factores positivos esenciales en la reactivación inmobiliaria.

    ¿Cuál es el valor de un departamento en Mar del Plata?

    Los departamentos en Mar del Plata de un ambiente se pueden alquilar desde $10.000.- a $20.000. La enorme diferencia radica en la cantidad de m2, la ubicación y el estado de la propiedad. Las expensas en este segmento promedian los $3000.- mensuales.

    En cambio, los departamentos en alquiler de dos y tres ambientes oscilan entre $18.000 y $45.000.- con expensas promedio de $4.000.- a $5.000.-

    Las casas y PH se ubican en su mayoría en la franja de $35.000.- a $75.000.-con superficies amplias de 100 a 250 m2.

    ¿Qué cambió con la nueva ley de alquileres?

    La nueva ley de alquileres sancionada en 2020 impuso nuevas reglas ante las costumbres que estaban en una zona gris en el mercado inmobiliario. Más allá de la opinión personal de cada uno, están quienes creen que las nuevas normas benefician al inquilino, otros dicen que al propietario, pero más allá de esto lo que es casi indiscutible es que a partir de esta nueva era de los alquileres, se rellenaron espacios vacíos.

    Los cambios más sustanciales son: la ampliación del plazo mínimo del contrato que ya no será de dos años sino de tres, tanto el mes anticipado como el depósito en garantía no podrán ser mayores al valor de un mes de alquiler.

    El inquilino podrá proponer dos de estas alternativas de garantías entre el título de propiedad del inmueble, la certificación de ingresos, el seguro de caución o fianza y un aval bancario.

    Tampoco el propietario podrá exigir que la garantía supere cinco veces el valor mensual del alquiler. Además, el reintegro del mes de garantía deberá ser actualizado al valor del último mes de alquiler.

    Por último, la fijación del valor del alquiler sólo admitirá ajustes anuales surgidos de un índice conformado en partes iguales por los indicadores de la inflación y de los salarios: IPC (Indice de precios al consumidor) y el RIPTE (remuneración imponible promedio de los trabajadores estables).

     

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