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    Definen las apelaciones contra el fallo del juicio por Lucía Pérez

    14 de diciembre de 2018 - 08:16
    Definen las apelaciones contra el fallo del juicio por Lucía Pérez
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    Ya se transitan los últimos días antes de que venza el período para poder formalizar la apelación a la sentencia del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1 de Mar del Plata que absolvió a Matías Farías, Juan Pablo Offidani y Alejandro Maciel, los tres acusados por la muerte de Lucía Pérez, ocurrida a principios de octubre de 2016 en Playa Serena.

    Distintas fuentes judiciales con directa llegada al caso que consultó a El Marplatense aseguraron que el lunes, en coincidencia con la fecha que se plantea como límite para hacer la presentación, tanto el abogado Gustavo Marceillac, quien representa a la familia de la adolescente, como la Fiscalía General, a cargo de Fabián Fernández Garello, elevarán el recurso ante la Cámara de Casación.

    Si bien la presentación se materializaría a contrarreloj, los argumentos para tratar de revertir el fallo de los jueces Facundo Gómez Urso, Aldo Carnevale y Pablo Viñas, parecen bien claros y definidos para ambas partes, desde el primer momento en que se conoció el detalle del veredicto que desligó de responsabilidades a los tres imputados en el debate oral.

    Tal como había manifestado el Fiscal General, la clase de "interpretación" que hicieron los magistrados de la prueba presentada a lo largo del juicio y, ante todo, la "falencia principal de criterio" ligada a la "incompatibilidad con la lectura de perspectiva de género" que se acusa, serán los dos principales ejes en los que coincidirán las apelaciones, según ratificaron las fuentes consultadas.

    “Nosotros creemos que a esto hay que darle una lectura de género, teniendo en cuenta convenciones internacionales y demás, y este va a ser el centro de trabajo", había adelantado el funcionario judicial, a pocos días de conocerse el veredicto.

    Bajo la misma óptica, el principal referente de la Fiscalía General consideró que la muerte de Lucía responde a un “caso de violencia subjetiva de género”, al poner como factores la edad de la víctima, su condición de mujer y su problemática con las adicciones. “Hay una serie de cuestiones que habilitan la posibilidad de interponer el recurso”, aseguró.

    En el fallo que se reveló el lunes 26 de noviembre, los jueces decidieron una condena a 8 años de prisión para Matías Farías y Juan Pablo Offidani, los dos principales imputados, por el delito de “tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravado por ser en perjuicio de menores de edad”, quedando absueltos de los cargos por el abuso sexual seguido de muerte. Alejandro Maciel, el tercer acusado por “encubrimiento agravado”, también fue absuelto.

    La sentencia generó diferentes repudios y movilizaciones a lo largo del mismo día lunes y el martes. Inclusive, el 5 de diciembre se volvió a gestar un paro de mujeres en todo el país, tal como había ocurrido cuando se conoció la muerte de la joven, que se tradujo con marchas en Mar del Plata, Buenos Aires y otras localidades.

    La repercusión también fue internacional: la Organización de los Estados Americanos (OEA) le envió una carta al presidente de la Corte Suprema de Justicia de Nación, Carlos Rosenkrantz, y otra a su vicepresidenta, Elena Highton de Nolasco, en las que expresó su "preocupación" por el dictamen del Tribunal Oral en lo Criminal N° 1.

    El Comité de Expertas del Mecanismo de Seguimiento de la Convención para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer “Convención de Belém do Pará” (MESECVI) también “invitó” a la Corte a “rectificar esta decisión y a tomar todas las medidas necesarias para proporcionar un efectivo acceso a la Justicia para los familiares de Lucía Pérez y para todas las mujeres víctimas y sobrevivientes de violencia, aplicando la normativa internacional de Derechos Humanos de las Mujeres“.

    La Convención de Belém do Pará fue suscripta en 1994 por la Argentina y ratificada dos años después por el Congreso Nacional. En 2011, los legisladores aprobaron que, al igual que otros 13 tratados internacionales de Derechos Humanos a los que se adhirió el país, tenga el mismo rango legal que la Constitución Nacional.

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