Causa Vialidad: Casación confirmó que Cristina Kirchner deberá pagar 684 mil millones de pesos
La ex presidenta había cuestionado el método utilizado por los peritos de la Corte Suprema para definir el monto a devolver por los delitos cometidos.
La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por Mariano Hernán Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, confirmó que Cristina Kirchner deberá devolver 684 mil millones de pesos por los delitos cometidos en la causa Vialidad.
La decisión de Casación ratificó la postura del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, que había actualizado el monto del decomiso utilizando el Índice de Precios al Consumidor (IPC) como criterio.
La ex presidenta había cuestionado el método utilizado por los peritos de la Corte para definir la cifra, al sostener que el decomiso total debía ser de solo $42.000 millones, de acuerdo a cálculos de sus propios técnicos, con base en la tasa pasiva promedio del Banco Central. Además, aseguró que es la justicia civil y comercial federal la que debe llevar adelante el proceso.
Los jueces desestimaron los argumentos de la defensa de la ex mandataria, considerando que la actualización basada en el IPC es un método razonable y no arbitrario para preservar el valor real del beneficio ilícito frente a la depreciación monetaria. A su vez, sostuvieron que las defensas no lograron demostrar errores de interpretación normativa ni arbitrariedad en la resolución del tribunal oral.
El fallo subrayó la obligatoriedad del decomiso como consecuencia accesoria de la condena penal, en línea con el Código Penal y las convenciones internacionales contra la corrupción. Y por último, la Cámara declaró abstractos otros planteos de las defensas, incluyendo una nulidad rechazada por el tribunal oral y la oposición a la denegación del efecto suspensivo del recurso de casación.
Por su lado, Cristina Kirchner había argumentado que dicha cifra “se tomó como definitiva sin debate previo, afectando el derecho de defensa y el principio de juez natural”, y añadió: “No tengo bienes que sirvan a esos fines y que, consecuentemente, puedan ser ejecutados, tal como se desprende de la intimación que aquí respondo”.
En ese marco, reiteró: “No tuve ni tengo en mi patrimonio cosas que hayan servido para cometer el hecho enjuiciado en autos, ni tampoco bienes o ganancias que resulten el producto o el provecho del referido episodio, y por ende, sean decomisables”.
En el escrito presentado, la defensa centró su argumento en que los peritos utilizaron el método sin justificar por qué eligieron calcular con el índice de precios al consumidor del INDEC y no, por caso, con tasas bancarias. La suma se torna “técnicamente inadecuada, genera valores artificialmente altos y es contraria a precedentes”, aseveró Beraldi en su escrito.
También recordó que la Justicia utilizó la tasa pasiva del BNA en los expedientes ligados a Vialidad, como Hotesur-Los Sauces. “En este caso, arrojaría cifras 100 veces menores”, por lo que, según su óptica, no existen motivos para apartarse de dicho cálculo. Es por eso, añade el documento, que debe suspenderse la medida “hasta que haya sentencia firme sobre el monto”.
Fuente: TN
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