Casación ratificó el uso de tobillera electrónica para Cristina Fernández
Además ratificaron que el lugar de la prisión domiciliaria es el departamento de San José 1111. La defensa de la ex mandataria había solicitado que se le retire el dispositivo.
La Cámara de Casación Penal resolvió que la ex presidenta Cristina Fernández deberá continuar utilizando una tobillera electrónica en su lugar de detención, el departamento ubicado en la calle San José 1111, en el barrio porteño de Constitución.
La decisión, tomada por los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, fue en respuesta a un pedido de la defensa de la ex mandataria para retirar el dispositivo de monitoreo.
La medida judicial desestimó la solicitud de la defensa de Fernández, quien argumentó que, por su condición de ex presidente con custodia permanente obligatoria, el uso de la tobillera no era necesario. Los magistrados ratificaron que la ex mandataria y presidente del Partido Justicialista debe cumplir con las condiciones establecidas para su prisión domiciliaria, que incluyen el uso del dispositivo de monitoreo electrónico y un régimen de visitas limitado.
Por otro lado, la Cámara analizó una solicitud del Ministerio Público Fiscal para que Fernández cumpla su prisión domiciliaria en otro domicilio. Los jueces decidieron de manera unánime que el lugar de detención seguirá siendo el departamento de San José 1111. Sin embargo, advirtieron que la modalidad de cumplimiento de la condena o el domicilio fijado podrían revisarse en caso de incumplimiento de las condiciones impuestas o ante cambios en las “circunstancias fácticas”.
En relación con la tobillera electrónica, los jueces Hornos y Barroetaveña sostuvieron que la presencia de custodia policial “no sustituye la función de seguimiento que corresponde exclusivamente al Poder Judicial”. Además, afirmaron que “renunciar a herramientas complementarias de control, como el monitoreo electrónico o el pedido de autorización de visitas fuera de la nómina, implicaría desvirtuar el sentido de la ejecución penal”. Por ello, respaldaron la continuidad de las restricciones de visitas.
En disidencia, el juez Borinsky propuso dejar sin efecto la colocación del dispositivo, argumentando que la “custodia permanente y especializada” de la policía “garantiza un control suficiente sobre su situación”. Asimismo, señaló que “no existen razones objetivas para presumir riesgo de fuga, en tanto se trata de una figura pública ampliamente conocida, sometida a una exposición constante que hace inviable cualquier intento de evasión”.
Borinsky también abogó por eliminar la limitación en el ingreso de visitas al departamento, considerando que la exigencia de autorización judicial previa “configura una restricción desproporcionada de los derechos personales, sociales y políticos de la persona condenada”.
Fuente: con información de DIB
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