Anularon el sobreseimiento de Cristian Graf en la causa que investiga la muerte de Diego Fernández Lima
La resolución sostiene que no se cumplían los requisitos para aplicar el artículo 336 del Código Procesal Penal. El chico de 16 años fue visto por última vez el 26 de julio de 1984.
La Sala IV de la Cámara Federal resolvió que la causa que investiga la muerte de Diego Fernández Lima vuelva a foja cero, al declarar la nulidad del sobreseimiento de Cristian Graf. De esta manera, se abre nuevamente la posibilidad de avanzar en la pesquisa para esclarecer lo ocurrido y determinar responsabilidades. El chico de 16 años fue visto por última vez durante la tarde del 26 de julio de 1984 y su cadáver fue hallado este año en el patio de la casa donde vive Graf.
La resolución, firmada por los jueces Ignacio Rodríguez Varela, Hernán Martín López y Julio Marcelo Lucini, sostiene que no se cumplían los requisitos para aplicar el artículo 336 del Código Procesal Penal, que habilita el cierre de una causa. Según remarcaron, esa decisión debe estar respaldada por pruebas que otorguen certeza negativa, algo que no se verificó en este expediente.
El Tribunal subrayó la necesidad de una investigación que permita encontrar la verdad de los hechos, proteger los derechos de las víctimas y avanzar en la calificación legal correspondiente. En consecuencia, se declaró la nulidad de los dictámenes fiscales previos, del acto de indagatoria y del sobreseimiento de Graf, ordenando devolver el expediente al juzgado de origen.
Javier Fernández Lima, hermano de la víctima, celebró la decisión y expresó que “estamos muy contentos, es una muy buena noticia. Esta decisión es por la memoria de Diego y por mi papá, que murió buscando”.
Por su parte, Martín Díaz, uno de los defensores de Graf, consideró que la medida puede beneficiar a su cliente, ya que al anularse los dictámenes y la indagatoria también se cae la imputación. “Hoy es un ciudadano que no está ni siquiera bajo un manto de sospecha. Siempre sostuve que la acusación se basaba en falacias y era anulable”, afirmó el letrado.
Fuente: con información de Noticias Argentinas

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